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lunes, 12 de noviembre de 2018

La red plural de mujeres de puebla y el poder judicial.

La red plural de mujeres de puebla y el poder judicial.



Hace dos años una nueva generación de mujeres se organizó en Red Plural de Mujeres de Puebla.
Fuimos invitadas a participar, algunas de las amigas de la primera generación del entonces llamado
Grupo Plural de Mujeres organizado hace casi dos décadas; para celebrarlo, se convocó al Foro:
Agenda transversal por la igualdad sustantiva para la inclusión del principio de paridad de género en
el sistema judicial, el objetivo: encabezar la Iniciativa para reformar la Ley Orgánica del Poder
Judicial del estado de Puebla, para incluir el Principio Constitucional de Paridad.


Martha Tagle, Maru López Brun, Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo, Gustavo Adolfo
García Hernández y una servidora fuimos invitadas/os como ponentes.



Me correspondió abordar justamente el ¿Por qué necesaria la aplicación de este Principio
en el Poder Judicial de Puebla? y dejé para continuar todas/os la reflexión, una segunda
interrogante ¿Bastaría con que haya más mujeres ocupando posiciones de decisión en
condiciones de paridad e igualdad para pensar que con ello se resuelva tanto el juzgar
con Perspectiva de Género (PEG) como el que por ese sólo hecho, se modifique la forma
de atender el acceso a la justicia para las mujeres?

A partir de estas interrogantes por supuesto es urgente primero, incluir el Principio de
Paridad en su normativa interna, para después exigir su aplicación en el Poder Judicial,
porque habrá que decirlo con toda claridad, en los espacios de los Poderes Judicial -y
también en el Ejecutivo- el tema de la paridad de género está aún muy distante. Pero esto,
hay que reconocerlo también, no es suficiente, habría que acompañarlo de otras acciones
en paralelo.

Primero, porque con la llegada en el 2014 del Principio Constitucional de Paridad, se
hicieron visibles fenómenos que siempre han estado presentes: problemas sistémicos y
estructurales, que han generado condiciones de profunda desigualdad para aquellas
mujeres que aspiran a un cargo o que se desempeñan como funcionarias.


Entre estos fenómenos, se encuentran los estereotipos de género que perpetúan los roles
tradicionales de hombres y mujeres, las violencias que no permiten que las mujeres
accedan a mejores espacios políticos y económicos. Y debemos considerar otros factores
que afectan su acceso: la falta de políticas para una conciliación de la vida laboral, familiar
y la personal.


Por otro lado también, porque hay que redoblar esfuerzos en torno a impulsar la vigencia
de una política de igualdad de género, estableciendo lineamientos para cumplir las
obligaciones internacionales en la materia, instrumentando acciones afirmativas en este
Poder, unificando los criterios generales de planeación, seguimiento y evaluación de los
esfuerzos para institucionalizar y transversalizar la perspectiva de género (PEG).


Ello se podrá lograr consolidando el trabajo de la Unidad de Igualdad de Género y
Derechos Humanos, -como se llama en Puebla- que existe al interior del Poder Judicial
para dotarla de los recursos y de las capacidades necesarias para cumplir con los objetivos
para los que fue creada, y muchas más acciones sugeridas en mi intervención, para
demostrar que existe un compromiso real en el Poder Judicial de Puebla para incorporar la
PEG, tanto al interior de su estructura orgánica -mandos superiores y medios-, como en
el acceso de las mujeres que exigen atención y justicia.

No olvidar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó un Protocolo para
Juzgar con Perspectiva de Género (PEG) que en muchas ocasiones pareciera que en Puebla
no se atiende.

Lograrlo por supuesto pasa por incorporar el Principio de Paridad en la Ley Orgánica del
Poder Judicial y es urgente.
@rgolmedo
Palabra de Mujer Atlixco
rociog@prodigy.net.mx
rociogarciaolmedo.blogspot.com

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