- Interpondremos un juicio de revisión constitucional ante el Tribunal del Poder Judicial de la Federación (TPJF).
- Sostenemos que la pasada elección del 6 de junio fue una elección atípica.
El Partido del Trabajo impugnará ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) con el fin de defender el derecho a recibir el financiamiento públicoestatal conforme a lo dispuesto por ley.
Por medio de este comunicado, el Partido del Trabajo a través de la Comisión Coordinadora y su representación legal ante los órganos electorales manifestamos nuestra inconformidad ante el resolutivo dictado por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla y anunciamos que interpondremos un juicio de revisión constitucional ante el Tribunal del Poder Judicial de la Federación (TPJF), con el objeto de hacer valer nuestro derecho a recibir la prerrogativa estatal.
Acordamos recurrir a los tribunales federales para recuperar el financiamiento público, al informarnos que en la sesión de ayer 2 de marzo del 2017 los integrantes del TEEP desecharon nuestros recursos de apelación, al fallar en contra.
Sostenemos que la pasada elección del 6 de junio fue una elección atípica, toda vez que solo se eligió al Gobernador del Estado y no participaron en la elección la figura a Diputados Locales. Por tal razón, el argumento para mantener el registro local y sus derechos a la prerrogativa de un partido político es obtener mínimo el 3 por ciento de la votación emitida para Diputados Locales y no a la de Gobernador.
Tras la sesión del Tribunal Electoral del Estado de Puebla donde se determinó que el PT y otros partidos pierden las prerrogativas para el año 2017 al no alcanzar el 3% de la votación; señalamos que esta determinación no está definida, por lo que ya preparamos los recursos legales correspondientes para impugnar la resolución de los integrantes del TEEP.
Afirmamos que es improcedente la decisión del TEEP, ya que la elección de 2016 fue “atípica” y por ello consideramos la resolución que dictó el órgano electoral carece de interpretación jurídica.
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