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domingo, 18 de agosto de 2024

Situación de los adeudos de cuotas de la Universidad Autónoma de Nayarit al IMSS

 


El Instituto opera y cubre prestaciones de seguridad social gracias a los ingresos que percibe por concepto de cuotas obrero patronales

El IMSS, en todo momento, ha otorgado prestaciones médicas, económicas y en especie a las personas trabajadoras de la Universidad Autónoma de Nayarit, a pesar de la omisión en el pago de las cuotas de esa Casa de Estudios.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) opera gracias a los ingresos que percibe por concepto de cuotas obrero patronales. Esta recaudación representa el 93% de los ingresos totales disponibles para otorgar el conjunto de prestaciones de seguridad social.

La Universidad Autónoma de Nayarit (UAN) ha sido omisa en el pago de las cuotas obrero patronales (COP) y cuotas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (RCV) por periodos que datan del ejercicio 2014, y que -al día de hoy- ascienden a 1,738.1 millones de pesos.

Este adeudo, además de afectar las finanzas del Instituto, comprometiendo las prestaciones que por mandato legal le corresponde otorgar, impacta de manera directa a las personas trabajadoras de esa Casa de Estudios, en virtud de que un importe de alrededor de 700 millones de pesos corresponde al seguro de RCV que debe destinarse directamente a sus cuentas individuales de retiro, para su adecuado fondeo y la obtención de una pensión acorde al salario del trabajador.

Es pertinente enfatizar que el IMSS, a pesar de no haber recibido las aportaciones que esta Universidad debería haber realizado, en ningún momento ha dejado de otorgar las prestaciones médicas, económicas y en especie a las personas trabajadoras de dicha institución.

En adición a esto, el Instituto ha ofrecido un paquete extraordinario de facilidades para la regularización de los adeudos de esa Casa de Estudios; entre los cuales se encuentran: el otorgamiento de la condonación del 90% de las multas, la suscripción del convenio de pago a plazos sin la correspondiente presentación de la garantía de interés fiscal, así como el diferimiento del pago del entero a cuenta.

En julio de 2022, con la intervención del Gobierno del Estado y la anuencia de las secciones sindicales de la citada Casa de Estudios, la Universidad suscribió un convenio de pago a plazos con el IMSS; sin embargo, a partir del mes de octubre de 2022, la Universidad empezó a efectuar pagos fuera del calendario convenido y de manera parcial, hasta que, en septiembre de 2023, incumplió con el pago de las parcialidades convenidas en su totalidad.

A pesar del paquete extraordinario de facilidades referido, la Universidad resolvió interponer diversos juicios para obstaculizar el ejercicio de las facultades de cobro del Instituto; erogando recursos extraordinarios en dichos medios litigiosos en lugar de buscar mecanismos de regularización de sus adeudos, situación que incluso le impide al día de hoy suscribir nuevos convenios de pago, hasta en tanto se desista de los juicios interpuestos como medidas dilatorias.

En consecuencia, después de diversas mesas de trabajo -sin resultados- entre la Universidad y el IMSS, con el acompañamiento de representantes del Gobierno Estatal y de la Secretaría de Educación Pública, atinentes a retomar el cumplimiento de las obligaciones de pago; de la interposición de medios de defensa por parte de la Universidad, y tras 12 meses sin pago alguno del adeudo, el Instituto se vio obligado a ejercer las facultades económico coactivas que permitan evitar la prescripción de los créditos correspondientes, buscando salvaguardar tanto los derechos de las personas trabajadoras como las finanzas institucionales. 

En aras de evitar afectaciones a los derechos de sus trabajadores, debido a que esa Casa de Estudios no tiene etiquetadas las cuentas bancarias destinadas al pago de sueldos y prestaciones, este Instituto realizó gestiones extraordinarias ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con el fin de liberar las cuentas que, bajo protesta de decir verdad, la Rectoría de la Universidad señaló como cuentas de nómina, mismas que de haber sido registradas ante las instituciones bancarias como tales en su oportunidad, no hubieran sido objeto de embargo.

Resulta pertinente enfatizar que la retención y falta de entero de las cuotas obreras al Instituto, así como la omisión en el pago de las cuotas patronales, constituye un incumplimiento legal que podría tipificarse como delito de defraudación fiscal; razón por la cual resulta apremiante que la Universidad regularice sus adeudos ante el IMSS y efectúe el entero de los recursos correspondientes a las cuentas individuales de los trabajadores. 

El Instituto, con ánimo constructivo, reitera su entera disposición para concluir el necesario proceso tendente a la regularización y pago de los adeudos de la Universidad Autónoma de Nayarit.

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