En sesión pública que fue transmitida por la red social de YouTube, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla resolvió los asuntos que a continuación se describen:
TEEP-JDC-040/2025 Y TEEP-JDC-046/2025 ACUMULADOS
En el que se da cumplimiento a la sentencia emitida por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SCM-JDC-90 de este año.
En el proyecto que se sometió a su consideración, se propuso declarar INFUNDADOS los agravios relacionados con Violencia Política en contra de las Mujeres por razón de Género ya que, del análisis de los hechos, se advirtió que,--- LOS MENSAJES difundidos en las redes sociales (Facebook y WhatsApp) en los que, la actora señaló, que SE DENOSTÓ su imagen, son insuficientes para considerar que se realizó una campaña negativa en su contra, y ello, tuvo por resultado que su participación -en el proceso plebiscitario de la junta auxiliar ---DE LA RESURRECCIÓN---, fuera inequitativo.
*En consecuencia, en los Juicios de la Ciudadanía 040 y 046 ambos de 2025 acumulados, se resolvió:*
*Se declararon infundados los agravios y, en consecuencia, se confirmó los resultados del Cómputo Final, la Declaración de Validez de la Elección y la entrega de la Constancia de Mayoría de la elección por plebiscito de miembros de la Junta Auxiliar de La Resurrección, Puebla.*
Este documento es únicamente con fines de divulgación.
Las anteriores resoluciones pueden ser consultadas de manera íntegra en la página del tribunal: https://teep.org.mx/comunicados
La Sesión Pública por videoconferencia en #YouTube:
https://www.youtube.com/watch?v=hqQAHPfnXl4

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