El Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Amparo Civil negó la suspensión definitiva contra el proyecto del cablebús impulsado por el gobierno estatal, al determinar que no existe evidencia de que la obra esté en ejecución ni de que se haya realizado tala de árboles.
A la par, el juez Jorge Arroyo Martínez argumentó en la resolución 362/2026 que la parte quejosa no ofreció pruebas suficientes para acreditar los actos reclamados relacionados con el presunto daño ambiental que estaría siendo cometido por autoridades estatales.
“No se advierte que la obra denominada como cablebús ya se esté ejecutando o realizando. Además, tampoco se advierte el lugar o los árboles que se pretenden talar, ni que se hubiera llevado a cabo la tala, remoción, traslado, poda o cualquier menoscabo o daño a la vegetación [árboles] con motivo de la planeación referida”, sostuvo el juzgador Arroyo Martínez.
Respecto a las pruebas aportadas por la parte quejosa, organizaciones no gubernamentales que se oponen al proyecto, el juez las calificó como insuficientes, al considerar que “no comprueban los actos reclamados”.
En este sentido, los inconformes presentaron estudios e investigaciones académicas sobre la calidad del aire en la zona metropolitana del Valle de Puebla y en municipios como Atlixco, San Martín Texmelucan y Tehuacán, correspondientes al periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.
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Aunque el juzgador reconoció que dichos documentos acreditan que la calidad del aire en esas regiones es deficiente, señaló que no demuestran que esta condición derive de la ejecución del proyecto del cablebús ni de la tala de árboles, pues la obra continúa en etapa de planeación y no de ejecución, como lo sostuvo el gobierno estatal.
“Dichos medios de prueba, a lo más, acreditarían que la calidad del aire es mala, pero no que esto sea consecuencia de la ejecución de la obra que denominan como Cablebús, por lo que, se insiste, no se desvirtúa la inexistencia de los actos reclamados”, expuso el tribunal.
Por otra parte, el juez Arroyo Martínez recordó que la suspensión provisional fue concedida con base en los elementos iniciales presentados por la parte quejosa, conforme a los criterios establecidos por la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Tras esta resolución, las organizaciones no gubernamentales señalaron que continuarán con movilizaciones para frenar la eventual ejecución del proyecto del Cablebús, al manifestar su rechazo al modelo de transporte por cable propuesto por el gobierno estatal.
En este sentido, los manifestantes contra la ejecución de la obra señalaron que sólo a través de la acción directa como manifestaciones y acciones colectivas será posible parar el cablebús, con el que no están de acuerdo.
Con información de: La Jornada de Oriente
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