sábado, 28 de junio de 2025

Caminemos Derecho - La corte que se rindió





Por: José De Jesús Aguilar Carrasco



En el año 2008 la Constitución Mexicana fue reformada para implementar en nuestro país, en sistema de justicia penal con mayor celeridad, que garantizara el respeto a los derechos humanos, la protección del inocente y que la conducta no quedara impune, teniendo como objetivo primordial la reparación de los daños causados de manera integral por las conductas que pudieran constituir un delito. 

Se establecieron diversos mecanismos de cautela, entre las que destacan, por supuesto, por su impacto mediático, la prisión preventiva, misma que en aquella reforma fue dividida en dos tipos, la de oficio y la justificada, la segunda de ellas, deberá aplicarse cuando el ministerio público como órgano acusador, justifique ante el juez de la causa, que otras medidas cautelares, también legales y establecidas en el Código Nacional de Procedimientos Penales, no son necesarias para garantizar la presencia del imputado en el proceso.

La de oficio, se implementó para ciertas conductas que se dijo generaban altos estándares de riesgo para la población en general, por lo que se consideraron algo así como siete conductas, solo que al pasar del tiempo en la actualidad se ha incrementado la determinación a la que me refiero hasta en dieciséis delitos. 

Entre tanto, esta figura de la Prisión Preventiva Oficiosa, fue sujeta a litigio internacional ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, quien una vez realizó los estudios de los casos “Tzompaxtle Tecpile y otros contra México”, y también el caso de “García Rodríguez y Alpízar Ortiz contra México”; para ordenarle a nuestro país, retirara de la legislación la prisión preventiva oficiosa.

Aquí cabe aclararle amable lector, que lo que la Corte Interamericana condenó fue no la eliminación de la prisión preventiva como tal, en aquellos casos donde se justifique su necesidad, pertinencia y proporcionalidad, sino en otros, en donde por la simple conducta cometida, se determine de manera “automática” esta medida cautelar; que dicho sea de paso.

Durante más de un año, los Tribunales Mexicanos, atendiendo a la obligatoriedad de esta resolución, comenzaron a inaplciar esta medida, sin embargo, vino la elección judicial que tuvo su prolegómeno en Reforma Judicial impulsada por el partido en el poder, que determinó la supuesta democratización de dicho poder, lo que ha traído como consecuencia que algunas de las determinaciones dictadas por la propia Corte hayan quedado “in pass”, hasta que llegue mediados de septiembre en donde asumirán la responsabilidad del máximo tribunal del país, los ministros “electos por el pueblo”.

Esta semana debió ser de trascendencia manifiesta para el sistema penal mexicano, pues la Suprema Corte se pronunciaría respecto del cumplimiento de la Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y finalmente quitar del texto constitucional la prisión preventiva oficiosa. 

Fue en manos de la ministra Margarita Ríos Farjat en donde recayó la responsabilidad de formular el proyecto de resolución, donde los rumores de los pasillos de la Corte, anunciaban una proyecto histórico para anunciar el cumplimiento de lo resuelto por el Tribunal Interamericano.

El proyecto, se ha quedado en el cajón de los recuerdos, la mañana del miércoles 25 de junio del año 2025, la Corte anunció que éste, junto con otros proyectos de resolución trascendente, serían retirados y dejados en la lista de pendientes para la Corte novel que asumirá, como ya dije en septiembre del presente año.

Ello no solo retrasa una de las resoluciones más importantes para el sistema penal mexicano e incluso interamericano, sino que denota la desesperanza de tener un Poder Judicial independiente, autónomo y con altura de miras para un estado social y democrático de derecho, pues la tendencia del Estado mexicano actual es el retroceso en el reconocimiento de los derechos humanos y la penalización de conductas a conveniencia del poder, tal y como México ya lo sufrió en los años 60s y 70s.

Nada más queda otorgar un voto de confianza para aquellos juzgadores que electos, llegaran a resolver problemas de enorme complejidad, ello se podrá observar en sus primeras determinaciones que seguro se plantearan este mismo año antes de las fiestas decembrinas, mi esperanza, es poca y mi confianza en disminución. Nada más gusto me daría estar equivocado y que en estas mismas líneas reconozca la altura de miras argumentativa y técnica de quienes encabezarán el Poder Judicial en México. 

Mientras esto ocurre, te invito a que, “caminemos derecho”.




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